Suspensión de Visas de Inmigrante para 75 Países en EE.UU. (2026)
EE.UU. pausó la emisión de visas de inmigrante para nacionales de 75 países. Conoce quiénes están afectados, las excepciones y qué hacer en 2026.


Suspensión de Visas de Inmigrante para 75 Países en EE.UU. en 2026: ¿Quiénes están afectados?
Actualizado: agosto de 2026 | Por Noyes & Associates
Si estás esperando una visa de inmigrante para Estados Unidos, un cambio implementado en 2026 podría afectar tu proceso dependiendo de tu nacionalidad.
Desde el 21 de enero de 2026, el Departamento de Estado de Estados Unidos pausó la emisión de visas de inmigrante para nacionales de 75 países, mientras revisa sus procedimientos relacionados con la evaluación de posibles casos de dependencia de beneficios públicos.
Esto ha generado muchas preguntas entre familias que ya habían iniciado un proceso migratorio:
¿Mi entrevista sigue en pie? ¿Mi petición fue cancelada? ¿Esto afecta las visas de turista? ¿Qué pasa si ya tengo una visa?
A continuación te explicamos qué significa realmente esta medida y qué debes considerar si tienes un proceso migratorio pendiente.
¿Qué significa la suspensión de visas para 75 países?
Es importante comenzar aclarando algo:
La medida no significa que todos los procesos migratorios de personas provenientes de estos 75 países hayan sido automáticamente cancelados.
De acuerdo con el Departamento de Estado de Estados Unidos, las personas afectadas pueden continuar presentando solicitudes y asistiendo a entrevistas consulares.
Sin embargo, la emisión de determinadas visas de inmigrante se encuentra pausada bajo esta medida mientras continúa la revisión.
Por eso es fundamental distinguir entre:
tener una petición migratoria, tener una entrevista programada y recibir finalmente una visa de inmigrante.
Son etapas diferentes del proceso.
¿Cuáles son los 75 países afectados?
La lista publicada por el Departamento de Estado incluye nacionales de:
Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Birmania (Myanmar), Camboya, Camerún, Cabo Verde, Colombia, Costa de Marfil, Cuba, República Democrática del Congo, Dominica, Egipto, Eritrea, Etiopía, Fiji, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán, Irak, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, Kirguistán, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Macedonia del Norte, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay, Uzbekistán y Yemen.
Si tu nacionalidad aparece en esta lista, eso no significa por sí solo que debas abandonar tu proceso migratorio.
Lo importante es determinar qué tipo de proceso tienes, dónde se encuentra tu caso y qué otras reglas podrían aplicarse a tu situación particular.
¿Qué pasa si ya tengo una entrevista programada?
Una de las dudas más importantes es si las entrevistas fueron canceladas.
La respuesta general es no.
El Departamento de Estado señala que las personas afectadas pueden continuar presentando sus solicitudes y asistiendo a entrevistas, y que las citas continúan siendo programadas.
Por eso, si ya recibiste una fecha para tu entrevista consular, no asumas que fue cancelada simplemente porque tu país aparece en esta lista.
Revisa las comunicaciones oficiales relacionadas con tu caso y sigue las instrucciones proporcionadas por el consulado o la embajada correspondiente.
¿La suspensión afecta las visas de turista?
La medida de los 75 países está dirigida específicamente a visas de inmigrante.
Las visas de turista pertenecen a la categoría de visas de no inmigrante y no están incluidas en esta pausa específica, según la información publicada por el Departamento de Estado.
Sin embargo, esto no significa que todas las personas de estos países puedan obtener automáticamente una visa de turista.
En 2026 existen otras políticas y restricciones migratorias que pueden afectar determinadas nacionalidades y categorías de visa.
Por eso hay que analizar cada situación individualmente.
¿Qué ocurre si ya tengo una visa de inmigrante válida?
Otra diferencia importante:
Tener una solicitud pendiente no es lo mismo que tener una visa que ya fue emitida.
El Departamento de Estado indica que las visas de inmigrante válidas no fueron revocadas como consecuencia de esta medida específica.
Si ya tienes una visa válida, deben revisarse las condiciones particulares de esa visa y cualquier otra restricción que pudiera corresponder a tu situación.
¿Existen excepciones?
Sí.
Una de las excepciones más importantes corresponde a ciertas personas con doble nacionalidad.
De acuerdo con el Departamento de Estado, una persona con doble nacionalidad puede estar exenta de esta pausa si solicita utilizando un pasaporte válido de una nacionalidad que no aparece entre los países afectados.
También existen consideraciones particulares para determinados casos de adopción por ciudadanos estadounidenses.
Las excepciones pueden depender de circunstancias muy específicas, por lo que no es recomendable asumir que una persona califica sin revisar primero su caso.
Tener una petición familiar aprobada no necesariamente significa tener una visa emitida
Este punto es especialmente importante para las familias.
Una petición familiar y la posterior emisión de una visa de inmigrante son etapas diferentes.
Por ejemplo, una persona puede tener una petición familiar presentada o incluso aprobada y todavía necesitar completar otras etapas antes de poder inmigrar a Estados Unidos.
Por eso, una nueva política relacionada con la emisión de visas no necesariamente significa que la petición familiar haya desaparecido o sido automáticamente cancelada.
El efecto dependerá de la etapa y características específicas del caso.
Esta medida no debe confundirse con otras restricciones migratorias de 2026
En 2026 existen diferentes medidas relacionadas con visas y entrada a Estados Unidos.
La pausa para nacionales de 75 países no es exactamente lo mismo que las restricciones derivadas de la Proclamación Presidencial 10998.
El Departamento de Estado mantiene información separada sobre restricciones de emisión de visas bajo la Proclamación 10998, que pueden afectar total o parcialmente determinadas categorías de visas y nacionalidades.
Esto significa que una persona podría verse afectada por más de una política migratoria al mismo tiempo.
Por eso leer solamente un titular como “Estados Unidos suspendió visas” puede generar una conclusión equivocada.
¿Qué debes revisar si tienes un proceso migratorio pendiente?
Antes de tomar una decisión, revisa al menos estos cinco puntos:
Tu nacionalidad: confirma si aparece entre los países afectados.
El tipo de proceso: determina si estás solicitando una visa de inmigrante, una visa de no inmigrante u otro beneficio migratorio.
La etapa del caso: petición pendiente, petición aprobada, National Visa Center, entrevista consular, visa emitida, etc.
Si tienes otra nacionalidad: una segunda nacionalidad podría ser relevante en determinadas circunstancias.
Otras restricciones: tu caso puede estar sujeto a otras políticas migratorias además de la pausa de los 75 países.
Dos personas del mismo país pueden encontrarse en situaciones completamente diferentes dependiendo de estos factores.
Preguntas frecuentes
¿Estados Unidos suspendió todas las visas para estos 75 países?
No. Esta medida específica se refiere a la emisión de visas de inmigrante para nacionales de los países incluidos en la lista. No significa que absolutamente todas las categorías de visa hayan sido suspendidas bajo esta medida.
¿Puedo asistir a mi entrevista?
Según la información oficial publicada por el Departamento de Estado, los solicitantes afectados pueden continuar asistiendo a sus entrevistas y las citas continúan siendo programadas.
¿Mi petición familiar fue cancelada?
La pausa en la emisión de visas no significa automáticamente que una petición familiar haya sido cancelada. Hay que determinar en qué etapa se encuentra el proceso y qué reglas aplican al caso.
¿Esto afecta una visa de turista?
No bajo esta medida específica de los 75 países. Las visas de turista son visas de no inmigrante. Sin embargo, otras restricciones podrían aplicar dependiendo de la nacionalidad y las circunstancias.
¿Qué pasa si tengo doble nacionalidad?
El Departamento de Estado contempla una excepción para determinados ciudadanos con doble nacionalidad que soliciten utilizando un pasaporte válido de una nacionalidad que no esté incluida en la lista de los 75 países.
¿Tu proceso migratorio puede verse afectado?
Las políticas migratorias pueden cambiar rápidamente y el efecto de una nueva medida depende de las circunstancias particulares de cada caso.
Si tienes una petición familiar, estás esperando una entrevista consular o tienes dudas sobre cómo los cambios migratorios de 2026 podrían afectar tu proceso, es importante analizar tu situación antes de tomar una decisión.
En Noyes & Associates ayudamos a familias e inmigrantes a entender sus opciones y evaluar sus próximos pasos.
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Este contenido es únicamente informativo y no constituye asesoría legal. Las leyes, políticas y procedimientos migratorios pueden cambiar. Para recibir orientación sobre una situación específica, consulta con un profesional legal calificado.


